Intereses moratorios del artículo 141 Ley 100

Los intereses moratorios son una sanción que se impone a las entidades encargadas de pagar las pensiones cuando no lo hacen de forma oportuna. El artículo 141 de la Ley 100 de 1993 establece que en caso de mora en el pago de las mesadas pensionales, la entidad correspondiente reconocerá y pagará al pensionado, además de la obligación a su cargo y sobre el importe de ella, la tasa máxima de interés moratorio vigente en el momento en que se efectúe el pago. Esta norma tiene como objetivo proteger a los pensionados, que en muchos casos dependen exclusivamente de su pensión para subsistir, y garantizar el cumplimiento del derecho a la seguridad social. La tasa de interés moratorio es la misma que se fija para el pago de impuestos y contribuciones parafiscales. Los intereses moratorios aplican para las pensiones que … Leer más

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